Los inversores que realicen una inversión significativa en España, en:
– Activos inmobiliarios (500.000 euros) libres de cargas
– Acciones o depósitos bancarios (1 millón de euros)
– Deuda pública (2 millones de euros)
Obtendrán un permiso de residencia que les permitirá residir y trabajar sin limitaciones, y que será válido en todo el territorio nacional.
Para su mantenimiento no se requiere la residencia efectiva en España, entendida como aquella que supera los 183 días. Sólo se requiere visitar España una vez durante el período de residencia.
Tramitación conjunta de la autorización del cónyuge y de los hijos menores y de los mayores y dependientes del solicitante. Obtendrán una autorización de residencia que les permitirá residir y trabajar sin limitación y válida en todo el territorio nacional.