El Visado de Oro (Golden Visa) sigue vigente, pero hay cambios a la vista. ¿Qué significa esto para los inversores?
¿Qué es el Visado de Oro (Golden Visa)?
Se ha escrito mucho sobre la desaparición del denominado «Visado de Oro», la denominada residencia adquirida por un inversor y sus familiares dependientes, que otorga una residencia que no obliga al extranjero a permanecer en España para su conservación.
La Reforma de la Ley 14/2013: Lo que está cambiando.
Este tipo de residencia está incluido en el artículo 63 de la Ley 14/2013, que, aunque en un principio parecía que la intención del Gobierno era derogar solo el apartado 2.b) del artículo 63, es decir, el relativo a la adquisición de bienes inmuebles con una inversión de valor igual o superior a 500.000 € por solicitante, en la propuesta actual del Gobierno se deroga cualquier tipo de inversión que otorgue residencia a los inversores y sus dependientes.
El Congreso ya aprobó la Reforma
En la última reunión del Congreso de los Diputados, ya se aprobó la Ley Orgánica de medidas para la eficiencia del servicio público de justicia y hoy, 3 de enero, ha sido publicada.
Dentro de esta Ley Orgánica, su disposición final decimosexta bis (nueva) incluye la modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. En esta disposición final, los artículos 63, 64, 65, 66 y 67, que hacen referencia a las diferentes posibilidades de adquirir la residencia a través de distintos tipos de inversión, incluida la inversión en bienes inmuebles con un valor igual o superior a 500.000 euros, quedan sin contenido.
¿Cuándo entra en vigor la reforma?
Por el momento, todavía se pueden tramitar las solicitudes de Residencia para Inversores, ya que la Ley Orgánica publicada no entrará en vigor hasta después del período de vacatio legis de 3 meses establecido en el mencionado texto legal.
¿Qué significa esto para los inversores?
Si estás pensando en invertir en España, ahora es el momento.
A pesar de los cambios legislativos, por el momento, aún podemos presentar durante 3 meses estas solicitudes de Residencia para Inversores por cualquiera de los medios regulados por la Ley 14/2013 en su artículo 63, que son los siguientes:
- Por compra de propiedad por un valor igual o superior a 500.000 € libre de cargas y gravámenes.
- Inversión de dos millones de euros en valores de deuda pública española.
- Inversión de un millón de euros en acciones de empresas españolas con actividad empresarial real.
- Inversión de un millón de euros en depósitos bancarios en instituciones financieras españolas.
- Por lo tanto, aunque el Visado de Oro haya desaparecido de la legislación española por el momento, la puerta sigue abierta para la legalización y obtención de la residencia para nacionales de terceros países no pertenecientes a la UE que deseen obtener la residencia en España durante los próximos tres meses.
Aunque el Visado de Oro podría desaparecer a corto plazo, tienes hasta tres meses para presentar tu solicitud antes de que entre en vigor la nueva legislación. ¡No dejes pasar esta oportunidad! - Cabe recordar que este tipo de residencia no requiere la obligación de residencia continua en España, sino solo la conservación de la propiedad que da lugar a la obtención de la residencia.
- La propia Ley Orgánica establece un vacatio legis de 3 meses para su entrada en vigor, por lo que, como ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado el 3 de enero, por el momento será posible continuar presentando solicitudes de residencia para inversores siempre que se cumplan todos los requisitos.
¿Qué pasa con las solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Medidas para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia?
Aquellos inversores o familiares de inversores que, con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta disposición transitoria, hubieran presentado la solicitud correspondiente, podrán recibir el visado o autorización correspondiente conforme a la normativa vigente en la fecha en que se presentó la solicitud.
¿Qué pasa con las renovaciones?
Si ya tienes un Visado de Oro o una autorización de residencia, tu visado seguirá siendo válido durante el tiempo para el que fue otorgado. Si necesitas renovar tu visado, se tramitará de acuerdo con las normativas vigentes en el momento en que se otorgó la autorización inicial.
Lo Más Importante: Mantén la Calma y Actúa Rápido
Aunque la legislación sobre el Visado de Oro está cambiando, por ahora sigue siendo posible presentar solicitudes de residencia para inversores. Asegúrate de que cumples con todos los requisitos y aprovecha los próximos tres meses para regularizar tu residencia en España.
El Visado de Oro (Golden Visa) sigue vigente, pero los cambios legislativos se avecinan. Si deseas obtener la residencia en España a través de la inversión, aún estás a tiempo. ¡No pierdas la oportunidad de asegurar tu futuro en uno de los países más atractivos para los inversores internacionales!
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Si tienes dudas o necesitas ayuda para gestionar tu solicitud de Visado de Oro, contáctanos hoy mismo. Estamos aquí para ayudarte a navegar por el proceso de inversión y residencia en España.